viernes, 28 de octubre de 2016
jueves, 27 de octubre de 2016
El Sistema Penal Acusatorio en Panamá
La
República de Panamá adoptó un nuevo sistema de enjuiciamiento penal, mediante
la Ley 63 de 2008, denominado Sistema Penal Acusatorio.
El
sistema Penal acusatorio se define como un sistema en que las partes, Fiscalía
y la Defensa se enfrentan en igualdad de oportunidades antes jueces imparciales
quien con base a las pruebas obtenidas y los argumentos aportados se
decide la condena o absolución, tiene como objetivo a través de un
proceso legal, responder en corto tiempo a las denuncias de delitos
presentadas por las personas. Impera la separación de funciones en el
cual el Ministerio Público investiga los delitos, presenta la acusación, si
tiene los elementos para ello, el Juez decide la culpabilidad o no del
acusado en base a las pruebas debatidas.
En
este sistema interviene el Fiscal es quien dirige la investigación
con la colaboración de la Dirección de Investigación Judicial.
La
víctima en este sistema es la persona afectada directamente, física, emocional
o matrimonialmente por el delito, al igual que son considerados como víctimas a
los parientes o familiares y las instituciones del Estado que resulten
afectadas por el hecho, la víctima puede constituirse en querellante para
ser considerado como parte en el proceso, para lo que se le designa un abogado
el cual es proporcionado por el Estado, si carece de recursos económicos para
pagarlo.
La
investigación en este nuevo sistema puede iniciarse:
· De Oficio: cuando la ejerce el Estado
directamente como en los casos de Homicidios.
· Por Denuncia: cuando la persona le
informa a las autoridades de la comisión de una acción delictiva.
- Por querella: de la persona directamente afectada por el delito.
DERECHOS DE LA VICTIMAS Y DE LA PERSONA APREHENDIDA
Este
modelo de enjuiciamiento penal ofrece derechos para las Víctimas y
para las personas aprehendidas.
Entre
los derechos de la víctima están:
- A ser parte del proceso y entender
el mismo.
- A la Justicia y a la reparación del daño.
- A ser escuchada.
- A conocer el curso de las actuaciones.
- A intervenir en el proceso sin riesgo.
- A su seguridad personal.
- A ser
Protegida.
Los
derechos de la persona aprehendida son:
- Defensa
Técnica
- Que sean tratados como inocentes hasta que
se demuestre lo contrario.
- Que se le informen sobre los derechos del
imputado.
- Que se exprese el motivo y causa de su
detención.
El
sistema Penal Acusatorio Fortalece la función investigativa del Ministerio
Público y establece un juicio Público, oral, contradictorio y concentrado,
distinguiendo a los funcionarios encargados de juzgar con imparcialidad de
aquellos que investigaron y acusaron, suprimiendo toda forma escritural
materializando el principio de presunción de inocencia.
FASES DEL SISTEMA PENAL ACUSATORIO
·
Fase de Investigación.
·
Fase
Intermedia.
·
Fase de
Juicio Oral.
La fase de investigación :
está a cargo del Fiscal su objetivo es recopilar los elementos de pruebas
y la información necesaria para acreditar el delito y a
vinculación de los autores y partícipes, el Juez de Garantías interviene
en esta fase, controlando las actuaciones del Fiscal para que
no se violen o vulneren derechos ni garantías de las partes.
En la Fase Intermedia el
fiscal presenta la acusación para que el imputado vaya a juicio, si es
admitida la acusación, la persona pasa a considerarse acusada.
En la Fase de Juicio Oral
se practicadas todas la pruebas admitidas, en esta fase participan
tres Jueces y las pruebas son practicadas frente a él para que se forme
su sana crítica los abogados de la defensa y de víctima
debaten los argumentos.
EL FISCAL Y LA VICTIMA EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO
En
este sistema interviene el Fiscal es quien dirige la investigación
con la colaboración de la Dirección de Investigación Judicial.
La
víctima en este sistema es la persona afectada directamente, física, emocional
o matrimonialmente por el delito, al igual que son considerados como víctimas a
los parientes o familiares y las instituciones del Estado que resulten
afectadas por el hecho, la víctima puede constituirse en querellante para
ser considerado como parte en el proceso, para lo que se le designa un abogado
el cual es proporcionado por el Estado, si carece de recursos económicos para
pagarlo.
La
investigación en este nuevo sistema puede iniciarse:
·
De Oficio: cuando la ejerce el Estado
directamente como en los casos de Homicidios.
·
Por Denuncia: cuando la persona le
informa a las autoridades de la comisión de una acción delictiva.
·
Por querella:
de la persona directamente afectada por el delito.
VENTAJAS DEL SISTEMA PENAL ACUSATORIO
Este nuevo sistema tiene
muchas ventajas entre las cuales se pueden señalar las siguientes:
- Representa
un sistema de derechos y garantías tanto para el acusado como
para la víctima.
- El juez como funcionario independiente e imparcial decide la medida que limita la libertad de la persona.
- Todas las decisiones del proceso se dictan en la audiencia lo que hace el proceso más rápido y transparente porque la resolución profiere después de escuchar a las partes y frente a estas.
- Las pruebas se practican ante los jueces
de decisión, por ende está en mejor posición de resolver
el caso porque percibió las pruebas.
- Existen métodos alternos de
resolución de conflictos sin llegar a juicio por ejemplo: La
Conciliación y la mediación.
- Existe un trato igualitario para las
partes.
- Da lugar a una justicia más expedita.
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